Ministerios de Coordinación de Patrimonio y de Cultura velaran por Integridad del Sitio Arqueológico Rumipamba

Estimados colegas:

A continuación reproducimos el texto de la carta enviada por el Ministerio Coordinador en respuesta a la comunicación firmada por los ciudadanos – arqueólogos y no-arqueólogos – el pasado 10 de abril en reacción a la problemática referente al sitio arqueológio Rumipamba:

///////////////////////////
Señora
Alexandra Irene Yépez Regalado
ARQUEOLOGÍA ECUATORIANA
En su Despacho.

De mi consideración:

En referencia a su comunicación de 11 de abril de 2011, enviada al señor Presidente de la República, en la que se informa que la Ilustre Municipalidad de Quito, aprobó la Ordenanza Metropolitana No. 0042 de 11 de noviembre de 2010, con la cual se afecta al Parque Arqueológico y Ecológico Rumipamba, agradezco el interés y preocupación manifestada por la conservación y preservación de los bienes del patrimonio cultural del país.

Atendiendo a su pedido, esta Cartera de Estado mantuvo una reunión de trabajo con funcionarios de la Ilustre Municipalidad de Quito, Ministerio de Cultura e Instituto Nacional de Patrimonio Cultural, en la que se analizó entre otros temas el pedido realizado por usted y para su conocimiento se resolvió que para proteger ese importante sitio arqueológico de la ciudad, se suscribirá un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre las entidades anteriormente mencionadas, con lo cual se garantiza que cualquier intervención que se desee hacer en el Parque Arqueológico, deberá contar previamente con los estudios técnicos respectivos y cumplir con todas las normativas vigentes.

Reitero mi agradecimiento por su preocupación e invito a seguir cumpliendo su derecho ciudadano, en el sentido de denunciar acciones que afecten al patrimonio cultural del Ecuador.

Con sentimientos de distinguida consideración.

Atentamente,

(Documento firmado electrónicamente)
Dra. María Fernanda Espinosa Garcés

CC. Señor Ingeniero
Jorge Oswlado Troya Fuentes
SUBSECRETARIO GENERAL DEL DESPACHO PRESIDENCIAL
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Respuesta Ministerio Coordinador

Estimados colegas:

A continuación encontrarán la respuesta del Ministerio Coordinador a la carta enviada a raíz del primer encuentro del Colectivo. Les invitamos a leerla y a opinar al respecto.

///////////////////////////
Oficio No. MCP-1210-2011
Quito, 21 de abril de 2011

Arqueóloga
Catherine Lara Illescas
COLECTIVO CIUDADANO DE ARQUEÓLOGOS PROFESIONALES DEL ECUADOR
En su Despacho.

De mi consideración:

Luego de agradecer al Colectivo Ciudadano por la iniciativa, informo que algunas de las sugerencias expresadas en dicha carta, serán tomadas en cuenta en la construcción de las Políticas públicas, respecto a la gestión del Patrimonio Cultural, en particular de los bienes que constituyen la arqueología.

Respecto a las preocupaciones sobre la formación de arqueólogos, se sugiere que este cuerpo colegiado, elabore una propuesta para que sea presentada y demandada a los órganos pertinentes de educación superior. Vale precisar que en el numeral 6, en el que solicita que la gestión del patrimonio arqueológico «esté exclusivamente en manos de profesionales de este campo…«, se hace notar que según la legislación vigente de la COOTAD, la gestión de los patrimonios en general, son responsabilidad de los gobiernos locales y que la propia Constitución considera la posibilidad de que las comunidades pudieran manejar y gestionar los patrimonios. Lo que se estima pertinente, es que el conocimiento científico y la investigación, son aspectos que efectivamente deben ser realizados por profesionales.

Aprovecho esta oportunidad para darles a conocer los avances que las diferentes instituciones coordinadas por esta Cartera de Estado, se encuentran elaborando en apoyo a la conservación del patrimonio arqueológico y a la generación de la política pública sobre la gestión de éstos:

— La construcción del Sistema Nacional de Gestión de los Sitios Arqueológicos: en los próximos días se contratará la segunda etapa, consistente en la construcción del Sistema como una segunda fase. La primera fase es un diagnóstico prospectivo y la viabilidad de contar con el mencionado Sistema.
— Actualización del reglamento para investigaciones arqueológicas.
— Continuación del registro de sitios y colecciones arqueológicas a nivel nacional.
— Sistematización de informes de investigación, prospección y rescate de la actividad ejecutada por los arqueólogos del país que han depositado en el INPC esos documentos.
— Apoyo y atención a las demandas de los gobiernos locales y comunidades, en relación a la conservación y uso social de los patrimonios arqueológicos.

En este ámbito, el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural, y esta Cartera de Estado, estamos abiertos y gustosos de continuar recibiendo sus valiosos aportes, comentarios y sugerencias.

Con sentimientos de distinguida consideración,

Atentamente,

Documento firmado electrónicamente
Dra. María Fernanda Espinosa Garcés

C.C. Señor Ingeniero
Jorge Oswaldo Troya Fuentes
SUBSECRETARIO GENERAL DEL DESPACHO PRESIDENCIAL
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Carta Sitio Arqueológico Rumipamba

Estimados colegas:

A continuación se les da a conocer el texto de la carta formulada por los arqueólogos presentes en la reunión «extraordinaria» convocada para el pasado día jueves 7 de abril, cuyo objeto encontrarán expuesto en detalle en mencionado documento. Aquellos de ustedes que por alguna u otra razón no puedan firmar el documento original y deseen apoyar la petición, están invitados a manifestar su apoyo por este medio.

///////////////////////////
Quito, a 11 de abril del 2011

Señor Economista
Rafael Correa Delgado
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
En su despacho

Señor Presidente:

Fieles al compromiso deontológico de la arqueología, y cumpliendo nuestro deber ciudadano de velar por el patrimonio cultural de la nación, los suscritos nos permitimos acudir a usted, con la finalidad de llamar su atención sobre una situación preocupante que amenaza actualmente a uno de los sitios arqueológicos más emblemáticos de la ciudad de Quito: el Parque Arqueológico y Ecológico Rumipamba.

A pesar de ser la capital de la República, Quito y su territorio son muy poco conocidos desde el punto de vista arqueológico: con el paso del tiempo, el desarrollo urbano de la metrópoli ha alterado progresiva e irreversiblemente la gran mayoría de las evidencias precolombinas. No obstante, algunos sitios subsisten y constituyen una valiosa fuente de información del componente prehispánico de la identidad quiteña y nacional. Uno de ellos es precisamente el yacimiento “Ciudad Metrópoli o Rumipamba”, ubicado en las faldas del Pichincha. Este sitio resulta ser además estratégico por sus características ecológicas dentro del contexto urbano. Por su importancia cultural y natural, el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC) lo declaró como un bien perteneciente al Patrimonio Cultural del Estado mediante la Resolución  N° 020 DNPC,  del 1 de octubre del 2002. Posteriormente, el Municipio Metropolitano le asigno la categoría de “Área de Protección Arqueológica – Ecológica y de Reserva Patrimonial” mediante la Ordenanza de Zonificación N° 0012 del 20 de noviembre del 2003.

Contra la lógica de estos antecedentes, desde mediados del 2010, la Alcaldía de la Ilustre Municipalidad de Quito, está empeñada en mutilar una parte importante del Área de Protección Rumipamba para integrarla al casco urbano circundante. Para ello, ha solicitado al INPC que emita un informe técnico que posibilite la modificación de la Ordenanza de Zonificación del 2003 y permita la incorporación de los llamados predios 525262 y 525273 (lotes 1 y 8 de la zonificación original) a sus nuevos planes de uso de suelos.

En respuesta a este pedido, el 8 de octubre del 2010, el INPC entrega a la Secretaria de Territorio, Hábitat y Vivienda del municipio el documento intitulado  “Informe Técnico Arqueológico sobre los lotes 1 (Predio N. 525262) y Lote 8 (Predio N. 525273) Correspondientes al Sitio Ciudad Metrópoli o Rumipamba” donde se hace la siguiente (sic) RECOMENDACIÓN:

Que de acuerdo al Borrador de Ordenanza enviado por la Secretaria de Territorio, Hábitat y Vivienda del distrito Metropolitano de Quito, en donde se señala la exclusión de los lotes 1 y parte Norte del Lote 8 (Ver Planos enviados), y en concordancia con el presente Informe Técnico Arqueológico se recomienda dar paso a la Ordenanza de Zonificación que reforma a la N° 0012 del 20 de noviembre del 2003, mediante la cual se signa al sitio denominado Ciudad Metrópoli o Rumipamba el Uso de Suelo como “Área de Protección Arqueológica-Ecológica y de Preservación patrimonial”

Sin entrar en la ligereza los detalles “técnicos” del informe que recomienda reformar la Ordenanza de Zonificación del 2003, hay que señalar que los antecedentes y las conclusiones que sustentan esta recomendación son exactamente los mismos que sirvieron de fundamento para la asignación de Área de Protección Arqueológica en el 2003. En ambos casos, las ordenanzas se basan en el trabajo de reconocimiento inicial hecho por el INPC en 1999. El informe técnico de octubre del 2010 no hace (como era de suponerse) una nueva valorización arqueológica exhaustiva de los predios en cuestión, sino que se limita a citar párrafos inconexos del informe de 1999; y contradictoriamente a su recomendación, cuando cita los estudios posteriores (2002, 2003, 2004, 2005 y 2007) reafirma la presencia indudable de vestigios culturales en los lotes 1, 7 y 8 (Págs. 4 y 5). En definitiva, en el 2010, el informe técnico del INPC reafirma las bases de la ordenanza del 2003, pero recomienda sin fundamento, su modificación. La consecuencia obvia fue la emisión de la Ordenanza Metropolitana N° 0042 que reforma el texto y los límites de la Ordenanza de Zonificación 0012 del 2003, derogando el estatus de zona patrimonial protegida de un área de alto potencial científico del Parque Arqueológico y Ecológico Rumipamba.

Por otro lado, el artículo 4 de la Resolución N° 020 DNPC de octubre del 2002, antes citada, estipula una serie de restricciones (entre las cuales caen los nuevos usos del suelo propuestos por el Municipio) “hasta que se haya elaborado los estudios de delimitación y protección de este bien y las respectivas ordenanzas e inventarios”. Este requisito no se ha cumplido desde el año 2002 y en consecuencia, todo acto que se interponga a este requisito resulta contrario a derecho. Cabe señalar que existe en el Municipio una supuesta nueva valoración arqueológica de los predios 525262 y 525273, hecha mediante el Memorando N° 155-INV-2010 495 de fecha 14 de julio del 2010 y firmada por el Dr Holguer Jara, jefe de investigaciones del ex FONSAL. Este documento, que no tiene un carácter técnico por no estar basado en trabajos arqueológicos reales, se limita a decir en forma contradictoria, para el predio el 525262:

del análisis cuantitativo y de los estudios arqueológicos realizados se deduce que no existen, en gran cantidad, restos prehispánicos; pues las evidencias se multiplican hacia el norte de la quebrada. Así mismo, los materiales y vestigios en este predio son similares a los depositados en todo el sector de Rumipamba, cuyos límites están marcados entre la Av. Mariana de Jesús y Av. Occidental.”

En lo que concierne al predio 525273 afirma que:

“A pesar de que este predio se encuentra al norte de la quebrada Rumipamba, se puede señalar que es uno de los más alterados, debido al uso que se le ha dado en los últimos años; pues en él se han depositado materiales de construcción, se han abierto calles, redes de alcantarillado, construido veredas, entre otras. Es decir, sus vestigios culturales aparecen descontextualizados y, por lo tanto,  su valoración es obviamente menor”

De estas afirmaciones se colige que en los mencionados predios sí existen vestigios prehispánicos en superficie y en el subsuelo, tal como lo demuestran las alteraciones provocadas por la construcción de calles, alcantarillados y otros…Que una parte de estos contextos estén descontextualizados, no resta valor patrimonial al conjunto (alterado o no) de las evidencias arqueológicas presentes. Nuevamente, este informe repite lo que se expuso en la valoración arqueológica original hecha en 1999 por el INPC y que sirvió de base para la ordenanza del 2003, que en el 2010 se modifica sin un sustento técnico real.

Desde el punto de vista estrictamente científico que nos atañe como arqueólogos profesionales, y conscientes de que el actual gobierno, por primera vez en la historia del país, ha aportado decididamente a la conservación, puesta en valor y uso social del patrimonio,  cúmplenos en señalar problemas graves en el procedimiento, tanto del Municipio de Quito como del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural :  basándose en un informe técnico netamente deficiente se procede a la mutilación de un área declarada patrimonio del estado, y por ende inalienable. En consecuencia,  tenemos a bien solicitar al señor Presidente de la República que  se ordene, a quien corresponda en derecho, revisar la Ordenanza Metropolitana N° 0042 del 11 de noviembre del 2010 y se tomen las medidas necesarias para reparar con la celeridad del caso esta lamentable injusticia patrimonial que amenaza a uno de los elementos identitarios más emblemáticos de Quito, Patrimonio Mundial de la Humanidad. Para evitar toda discusión infundada en esta materia, se recomienda que antes de toda acción se proceda a una valoración real del potencial arqueológico del área en cuestión, pero que ésta sea realizada por peritos calificados (arqueólogos profesionales independientes) que no obedezcan a los intereses de ninguna de las instituciones involucradas en la actual situación.

 

Atentamente,
(arqueólogos profesionales y moradores del sector Rumipamba signatarios)

///////////////////////////
(NOTA: dos ejemplares más de esta carta serán entregados a los Ministerios de Cultura y de Coordinación del Patrimonio Natural y Cultural respectivamente)